Los padres suelen sufrir indefensión y es necesario recuperar la autoridad perdida aunque esto no es sencillo ni se consigue en un par de días. El primer trabajo es redefinir posiciones y los roles de cada cual en el contexto de la patria potestad.

La intervención debe girar sobre varios principios:
- La violencia nunca es una opción.
- La violencia solo tiene como responsable quien la ejerce.
- La familia tiene que acabar con la violencia, no con la relación familiar.
- La familia tiene que ayudar al agresor a asumir su responsabilidad.
- La violencia es una elección.
- La violencia no es temperamento.
No es aconsejable responder con violencia a la violencia. Si no se puede contener al hijo, por doloroso que sea, hay que llamar a la policía. Como primera estrategia a nivel psicológico se procede con la recogida de información:
- Analizar el problema.
- Evaluar las posibilidades.
- Elaborar un plan.
- Hacer que se asuma la responsabilidad individual.
- Considerar el uso del contrato (adjuntar).
Como fase media se procede a aplicar cambios:
- En el funcionamiento familiar.
- Identificar cogniciones y emociones que favorecen la violencia y trabajarlas.
- Explorar áreas de sufrimiento y paliarlo.
- Reforzar el control de impulsos.
- Trabajar los sentimientos de fracaso con los padres.
- Trabajar la empatía con los hijos, así como la técnica de tiempo fuera. Ampliar su tolerancia a la frustración.
Y en la fase final:
- Discutir si las soluciones están resolviendo el problema.
- Elaborar un informe.
- Plan de seguimiento.
Desde la ley orgánica 5/2000 a los menores se les exige responsabilidad penal desde los 14 años, y por debajo de esa edad las instituciones de protección abordan la situación. La ley orgánica 8/2006 del 4 de diciembre modifica la ley anterior e incluye una medida cautelar cuando se atenta contra los bienes jurídicos de la víctima, así como la medida cautelar de alejamiento de la víctima o familia según dictamine el juez.