Hijos violentos: prevención y plan de acción

Los padres suelen sufrir indefensión y es necesario recuperar la autoridad perdida aunque esto no es sencillo ni se consigue en un par de días. El primer trabajo es redefinir posiciones y los roles de cada cual en el contexto de la patria potestad.

Una actuación temprana siempre es positiva
Una actuación temprana siempre es positiva

La intervención debe girar sobre varios principios:

  • La violencia nunca es una opción.
  • La violencia solo tiene como responsable quien la ejerce.
  • La familia tiene que acabar con la violencia, no con la relación familiar.
  • La familia tiene que ayudar al agresor a asumir su responsabilidad.
  • La violencia es una elección.
  • La violencia no es temperamento.

No es aconsejable responder con violencia a la violencia. Si no se puede contener al hijo, por doloroso que sea, hay que llamar a la policía. Como primera estrategia a nivel psicológico se procede con la recogida de información:

  • Analizar el problema.
  • Evaluar las posibilidades.
  • Elaborar un plan.
  • Hacer que se asuma la responsabilidad individual.
  • Considerar el uso del contrato (adjuntar).

Como fase media se procede a aplicar cambios:

  • En el funcionamiento familiar.
  • Identificar cogniciones y emociones que favorecen la violencia y trabajarlas.
  • Explorar áreas de sufrimiento y paliarlo.
  • Reforzar el control de impulsos.
  • Trabajar los sentimientos de fracaso con los padres.
  • Trabajar la empatía con los hijos, así como la técnica de tiempo fuera. Ampliar su tolerancia a la frustración.

Y en la fase final:

  • Discutir si las soluciones están resolviendo el problema.
  • Elaborar un informe.
  • Plan de seguimiento.

Desde la ley orgánica 5/2000 a los menores se les exige responsabilidad penal desde los 14 años, y por debajo de esa edad las instituciones de protección abordan la situación. La ley orgánica 8/2006 del 4 de diciembre modifica la ley anterior e incluye una medida cautelar cuando se atenta contra los bienes jurídicos de la víctima, así como la medida cautelar de alejamiento de la víctima o familia según dictamine el juez.

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